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El Canon del Agua de Cataluña, más social en tiempos de coronavirus

Sobre el blog

Ignasi Servià Goixart
Consultor en temas estratégicos y territoriales relacionados con los regadíos. Secretario de la Comisión del Agua del COEA de Catalunya
  • Canon Agua Cataluña, más social tiempos coronavirus

1. Vidas paralelas del ACA y del Canon del Agua

Al constituirse la Agència Catalana de l’Aigua (ACA) en el año 2000, se creó el canon del agua, un impuesto ambiental de carácter finalista que aplica el principio de quien contamina paga.

Este tributo se aplica de manera general a la factura del agua que pagamos todos los ciudadanos, y representa de manera aproximada, entre un 10 y un 30% del total de la factura. El canon también se aplica a todas las actividades económicas, exceptuando las agrícolas.

El canon del agua es la principal y, prácticamente, la única fuente de financiación de la Agència Catalana de l’Aigua, y tiene una triple finalidad:

  • Evitar la contaminación del medio.
  • Incentivar el ahorro del agua.
  • Garantizar las actividades y funciones de la Agencia Catalana del Agua e invertir en actuaciones del ciclo del agua.

La distribución de los ingresos del canon:

Entre las funciones de la ACA está el de garantizar el funcionamiento de las infraestructuras del ciclo del agua (embalses, estaciones depuradoras y colectores, etc..), garantizar el buen estado del medio hídrico mediante la regulación administrativa y el control mediante inspecciones e invertir en nuevas actuaciones previstas en la planificación hidrológica. Tengamos en cuenta que en el actual ciclo de planificación (2016-2021), se prevén inversiones por un valor próximo a los 1.000 millones de euros, la mitad de los cuales serán aportados por la Agencia.

Anualmente, la Agencia Catalana del Agua ingresa alrededor de 450 MEUR a través del canon del agua. Hay que tener en cuenta que, de esta cantidad, más del 52% se destina para garantizar los gastos ordinarios de explotación (depuradoras, embalses, mantenimiento de redes de control, análisis y control del agua dentro del Plan de Seguimiento y Control, entre otros).

Adecuación de los costes:

Entre los años 2007 y 2011, se experimentó en Cataluña un importante crecimiento del número de infraestructuras del ciclo del agua, que no se correspondió con una adecuación del canon del agua para hacer frente a los costes reales. Esto agravó el endeudamiento del ACA, que a finales de 2010 -con una crisis económica global- llegó a su máximo, con cerca de 1.400 millones de euros. En 2011, la ACA diseñó y desplegó un plan de saneamiento equilibrio económico y financiero, con la finalidad de reducir progresivamente la deuda y garantizar su viabilidad. Este plan consistió en reducir el gasto, adecuar los ingresos, refinanciar una parte de la deuda y no acometer nuevas obras.

En la siguiente figura se presenta la evolución de la deuda del ACA hasta el año 2019, año en el que se devolvieron 162 millones de euros, que era el endeudamiento bancario pendiente. Tal y como se puede observar en la gráfica, 2019 es el primer año en su historia que no tiene deuda, algo que favorece el impulso de nuevas inversiones.


Fig. 1. Evolución de la deuda del ACA (Años 2.000 – 2.019)

Hace 3 veranos compartí el post "500. El Saneamiento en Catalunya, un modelo pionero". En este post explicaba la evolución hasta alcanzar las 500 depuradoras en Cataluña, desde entonces se han construido 27 depuradoras más en Cataluña.


Fig. 2. Distribución actual de las 527 las depuradoras de Catalunya. (Marzo de 2020)

2. Un canon más social en tiempos de crisis

  • 2.1. Creación del canon social y consolidación de la ampliación por tramos.

En 2011, la crisis económica era una realidad en Europa y en todo el mundo. Las dificultades eran tanto para las administraciones y las empresas como para la ciudadanía. En este sentido, con el objetivo de ayudar a los colectivos más vulnerables, la ACA creó el canon social, una bonificación del canon del agua consistente en aplicar un coeficiente más reducido y destinada a los colectivos más vulnerables y que aplicó inicialmente una reducción del 50% del canon del agua en el primer tramo. Esta bonificación se ha ampliado en los últimos años hasta el 100%.

Además del canon social existe otra bonificación, concretamente la ampliación por tramos. Esta medida permite añadir al primer tramo 3m³ mensuales por persona a los límites de consumo de agua establecidos por el 1er tramo, 2m³ mensuales por persona para el 2º tramo y 1 m³ por persona al mes en el caso del 3er tramo. Esta bonificación se puede aplicar en aquellas unidades de convivencia que tengan 4 miembros o más y reciben un tratamiento especial las viviendas donde conviven personas con un grado de discapacidad superior al 75%, que a los efectos de la ampliación computarán como dos personas. Si al añadirlas al resto de miembros suman 4 o más personas también pueden solicitar la ampliación.

  • 2.2. Medidas sociales en tiempos de coronavirus.

Desde el primer trimestre de 2020, el mundo entero está condicionado por la pandemia de la Covid19, que ha cambiado de un modo radical nuestra manera de vivir y relacionarnos. Debido a la situación de confinamiento domiciliario decretada en el mes de marzo, la ACA desplegó varias medidas para ayudar a las familias y empresas a superar esta situación.

  • 2.3. Apoyo a las familias y empresas. Reducción del 50% del Canon del agua de abril y mayo.

Durante este año todos estamos sufriendo la pandemia global del coronavirus. El abastecimiento, el saneamiento y las inspecciones para garantizar el buen estado del medio son servicios estratégicos que están garantizados de acuerdo con el Plan de contingencia de la Agència Catalana de l’Aigua.

El Gobierno de la Generalitat de Catalunya, en el marco de sus competencias, tiene la voluntad de ayudar a las familias y empresas a superar la situación de emergencia y crisis provocada por el coronavirus. Uno de los instrumentos que tiene a su alcance es la fiscalidad de los tributos propios, como el canon del agua. Introducir una rebaja temporal de este tributo puede aliviar en parte las cargas económicas de la ciudadanía y de las empresas.

Durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2020, se han aplicado de manera automática (sin necesidad de realizar ningún trámite adicional) a la factura del agua las siguientes reducciones:

  • Para los colectivos que se acogen al canon social se ampliará esta bonificación a todos los tramos de la factura.
  • Reducción universal del 50% del canon del agua para los usuarios domésticos.
  • Reducción del 50% del canon del agua per los usuarios industriales y actividades económicas.
  • Reducción del 50% a los usuarios ganaderos.

La aplicación de estas medidas es temporal y limitada a los meses de abril y mayo. El coste aproximado de estas medidas, con cargo a la Generalitat de Catalunya, a través de la Agència Catalana de l’Aigua, es de 50 Millones de €uros, que permitirán aportar liquidez a las familias, industrias y el resto de actividades económicas.

Decreto Ley 8/2020 de 24 de marzo - DOGC (Capítulo IV, Artículo 8).

  • 2.4. Aplazamiento de las liquidaciones del canon del agua.

La Generalitat de Catalunya ha aprobado medidas relativas al canon del agua para facilitar la liquidez de las pequeñas empresas y autónomos a raíz de la pandemia del Covid-19, aplicando dos medidas:

a) Aplazamiento sin intereses de las liquidaciones de canon del agua del periodo abril-mayo 2020, que emite directamente la ACA. Esta medida prevé beneficiar cerca de 2.700 pequeños usuarios industriales (empresas con fuentes de captación propias, mixtas o con tarifas individualizadas) que liquidan en este periodo cerca de 800.000 euros.

El aplazamiento podrá solicitarse, una vez se haya recibido la liquidación correspondiente al segundo trimestre 2020, y siempre en periodo voluntario de pago.

Este aplazamiento es de seis meses a contar desde la fecha de su solicitud, que se presentará antes del 31 de diciembre.

b) Las entidades suministradoras de agua que otorguen aplazamientos del pago sin intereses de sus recibos de agua, podrán aplazar el pago de estos importes a la hora de ingresar las autoliquidaciones del canon del agua repercutido a sus abonados que incluyan consumos de los meses de abril y mayo de 2020.

Decreto ley 7/2020, art. 14 (DOGC núm. Núm. 8089 - 19.3.2020), modificado per Decreto ley 23/2020, art. 3 (DOGC núm. 8152 – 11.06.2020)

  • 2.5. Apoyo al sector turístico.

Uno de los sectores más afectados por la crisis del coronavirus es el sector turístico. La no llegada de falta de turistas de otras nacionalidades ha afectado de manera importante este sector. Ante la posibilidad de gran impacto sobre el sector turístico, a principios de abril la Agència Catalana de l’Aigua ya anunció estas medidas fiscales para dicho sector.

El sector turístico y hotelero representa actualmente el 12% del PIB de Catalunya. Durante la temporada de semana santa ya se vieron obligados a cerrar establecimientos, y debido a las limitaciones sanitarias, los niveles de ocupación de este verano han estado lejos de los niveles de otros años.

Con el ánimo de estimular la actividad económica de un sector particular castigado por el efecto del confinamiento y las limitaciones de movilidad a nivel local e internacional, el Gobierno de la Generalitat ha dispuesto una rebaja fiscal en un tributo propio como es el canon del agua específico que pagan las empresas del sector turístico en función del número de plazas ocupadas.

Esta medida consiste en la no aplicación en las facturas o liquidaciones correspondientes que van de abril a diciembre del año 2020 de los mínimos de facturación específicos de canon del agua (3 m3 por plaza de ocupación y mes), en función de las plazas nominales de los establecimientos hoteleros o campings, que, como tales mínimos de facturación, que no de consumo, se liquidan si el consumo real es más bajo.

En su lugar, se determinaba la aplicación de un mínimo de 6 m3 por establecimiento, que es lo previsto con carácter general para el resto de usuarios domésticos, industriales y asimilables.

Más de 3.070 hoteles (con un total de 318.997 plazas) y 352 campings (que suponen 269.724 plazas) podrán beneficiarse de esta rebaja tributaria. El impacto de la rebaja tributaria en las cuentas de l’Agència Catalana de l’Aigua se estima en medio millón de euros.

En resumen, los establecimientos hoteleros y campings pagaran hasta el 31 de diciembre de 2020 el canon del agua por el agua que consuman, siempre que el consumo sea superior a 6 metros cúbicos al mes.

Decreto 12/2020, de 10 de abril (capítol III, artículo 3).